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Ayuntamientos.-Revisión del Padrón municipal
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Escrito por David Cabezuelo Valencia   

La Ley 7/1985, de 2 de abril (N/Ref. 628/1985), Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Reglamento de población y demarcación territorial de las Entidades locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (N/Ref. 1145/1986), establecen que los Ayuntamientos deben remitir, por medios informáticos o telemáticos, las variaciones mensuales que se vayan produciendo en los datos de sus padrones municipales al Instituto Nacional de Estadística, para que éste, en cumplimiento de las competencias que le impone el artículo 17.3 de la citada Ley, realice las comprobaciones oportunas dirigidas a subsanar posibles errores y duplicidades.


Efectuadas dichas comprobaciones, el Instituto Nacional de Estadística ha obtenido una cifra de población para cada municipio, que ha utilizado para contrastar con los resultados numéricos de la revisión anual enviados por los Ayuntamientos, según lo establecido en el artículo 81 del Reglamento de población y demarcación territorial de las Entidades locales y, cuando no se ha llegado a alcanzar un acuerdo, ha sometido al Consejo de Empadronamiento para su informe, de acuerdo con el artículo 82.1 del citado Reglamento, las discrepancias con la cifra de población aprobada por los Ayuntamientos.
El Consejo de Empadronamiento, en cumplimiento de las funciones que le atribuyen el artículo 17.4 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 85 del Reglamento de población y demarcación territorial de las Entidades locales, ha informado sobre las discrepancias entre los Ayuntamientos y el Instituto Nacional de Estadística, así como sobre la propuesta de cifras oficiales de población de los municipios españoles que el Presidente del Instituto Nacional de Estadística eleva al Gobierno para su aprobación, y ha emitido el preceptivo informe favorable.
Por todo lo expuesto, el Gobierno, mediante el Real Decreto 1918/2009, de 11 de diciembre (N/Ref. 85/2010), ha aprobado las cifras oficiales de población de los municipios españoles resultantes de la revisión padronal referida al 1 de enero de 2009.
El total de empadronados en España asciende a 46.745.807, lo que supone un aumento de 587.985 personas con respecto al 2008. En el anexo del Real Decreto figura un resumen de las cifras de población por provincias, capitales de provincias, Comunidades Autónomas, ciudades autónomas e islas.

LAP-Feb10

 

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