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Madrid.-Sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención
Noticias - Funcionarios con habilitación de carácter estatal
Escrito por Alfonso García Torres   

En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 20 de enero, se publicó la Orden de 30 de noviembre de 2009, por la que se convocan las subvenciones a agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención para el año 2010.
La solicitud de ayudas se presentará en el plazo de tres meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
Podrán beneficiarse de las subvenciones los municipios de la Comunidad de Madrid que formen parte de agrupaciones constituidas para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, y que cumplan en el momento en que se solicita la subvención los siguientes requisitos:


a) Que su población oficial a 1 de enero del año anterior al que se solicita la subvención sea igual o inferior a 700 habitantes, según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE), o bien, que su presupuesto preventivo de ingresos corrientes en vigor o del anterior prorrogado a aquel para el que se solicitan las ayudas no exceda de 300.506,05 euros.
b) Que el puesto agrupado de Secretaría-Intervención se encuentre cubierto conforme a las disposiciones vigentes sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
c) Que no se encuentren incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (N/Ref. 1810/2003), General de Subvenciones.
El hecho de que entre los integrantes de una agrupación figure algún municipio que no reúna los requisitos del apartado primero del presente artículo, no será impedimento para que los municipios que sí los cumplan puedan ser beneficiarios de la subvención.
Los gastos subvencionables deberán realizarse en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2009 y el 30 de septiembre de 2010.

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